Ordenan juramentar a la vice-sindica
El Tribunal Superior Electoral (TSE) dictaminó ordenó hoy la suspensión del señor Gabriel Antonio Mora (CANOA) en sus funciones como Director de la Junta Distrital de Cabarete hasta tanto se produzca una sentencia definitiva por la acusación presentada en su contra por la malversación de RD$185 millones durante el período 2006-2010.
El Tribunal Superior Electoral (TSE) dictaminó ordenó hoy la suspensión del señor Gabriel Antonio Mora (CANOA) en sus funciones como Director de la Junta Distrital de Cabarete hasta tanto se produzca una sentencia definitiva por la acusación presentada en su contra por la malversación de RD$185 millones durante el período 2006-2010.
La sentencia dictada hoy dispone además que Raquel
Sierra Valdez, subdirectora de la Junta Distrital, sea juramentada y asuma de
manera provisional las funciones de Directora de la Junta de Cabarete.
La decisión fue adoptada en atención a un recurso
de amparo presentado por la negación de la Junta Distrital de
Cabarete a suspender al director municipal por haber sido enviado a juicio de
fondo acusado de graves delitos, como ordena la ley que rige el funcionamiento
de los municipios, presentado por la señora Sierra Valdez.
Inicialmente la petición de amparo había sido presentada
también por la Fundación
Justicia y Transparencia (FJT), la Asociación para el
Desarrollo de Cabarete (ADECA) y la señora Sierra. Por tecnicismos jurídicos
las dos instituciones se retiraron.
La decisión del TSE también descartó la
intervención de la señora Angela de Jesús Santana, presidenta de ayuntamiento
de Sosúa, que pidió al tribunal no admitir la acción en contra de Canoa; y
también descartó la iniciativa de inconstitucionalidad presentada por Claritza
Ruiz y Elio Antonio Gutiérrez, presidenta y vocal, respectivamente, de la Junta de Cabarete.
El tribunal declaró sin ningún valor no efecto
jurídico las decisiones adoptada por la Junta Distrital d
Cabarete rechazando la suspensión de Canoa y declarando inconstitucional el
artículo 44 de la ley de municipios que ordena suspender a un funcionario
procesado por un delito de carácter criminal.
El TSE además impuso a Claritza Ruiz y Elio Antonio
Gutierrez el pago de un astreinte de cinco mil pesos diarios por cada día de
retardo en la ejecución de la sentencia, que deberán cumplir no obstante
cualquier recurso. El tercer vocal de la Junta Distrital,
Lorenzo Sancasanni, no es citado porque estuvo de acuerdo en la suspensión de
Canoa.
El presidente de Justicia y Transparencia (FJT),
Trajano Potentini, explicó que de acuerdo a la ley 176-07, en su artículo 44,
todos los regidores, síndicos y directores municipales sometidos a juicio de
fondo por violaciones de ley que conllevan penas de prisión, serán suspendidos de sus funciones
inmediatamente por la sala capitular del municipio cabecera.
Indicó
que en virtud del mismo mandato de la ley, la Asociación de comerciantes de Cabarete y la vice
directora de la junta distrital de esa localidad, Raquel Sierra, notificaron a los integrantes
del consejo edilicio de la Alcaldía Municipal
de Sosúa y del consejo de
vocales de Cabarete que procedan a suspender a Canoa por la comisión de
graves irregularidades que se le imputan en el manejo de los fondos
públicos.
Los
dos procedimientos se sustentaron en el hecho de que el lunes 21 del pasado mes
de octubre, la jueza de Instrucción Carolina Castro, mando a juicio de fondo al
director distrital de Cabarete; Gabriel Antonio Mora Ramírez (Canoa) y al ex
director de la misma institución; Eddy Morfe quienes están siendo acusados de
malversar unos 185 millones de pesos.
Trajano Potentini recordó que la acusación formulada contra Mora
Ramírez fue presentada por la Procuraduría
Especializada de Persecución a la Corrupción Administrativa
(PEPCA), dirigida por Laura Guerrero Pelletier, bajo la imputación de ser autor
de los crímenes de prevaricación, desfalco y asociación de malhechores,
previstos por los artículos 166, 167, 169, 170, 171, 172, 265 y 266 del Código
Penal Dominicano, Ley No. 176-07 sobre Organización municipal y la Constitución de la República Dominicana.
Las acusaciones que pesan sobre
canoa, que incluyen cinco querellas en
los tribunales de la república, van desde distracción de
fondos públicos a favor de empresas, comercios o negocios de familiares y
allegados, en perjuicio del Estado, anular sin justificación recibos de
ingresos en perjuicios de la entidad municipal, así como manejar de forma
fraudulenta todas las operaciones financieras y contables de la entidad
edilicia.
Manuel Quiterio Cedeño, CICOM